Requisitos de ingreso a España
Si bien los mexicanos no necesitan visa para entrar como turistas en el espacio migratorio europeo Schengen (en el cual se incluye España) hasta por un máximo de 90 días (1), deben cumplir obligatoriamente con los requisitos de entrada que solicita el gobierno español. NO CUMPLIR CON ESTOS REQUISITOS, LO PUEDEN HACER SUJETO DE UNA INADMISIÓN AL ESPACIO SCHENGEN, DECRETÁNDOSE SU RETORNO INMEDIATO A MÉXICO.
REQUISITOS
Desde 2007, la ley española establece que, al llegar al aeropuerto o frontera el agente migratorio español tiene la atribución de pedir a usted que exhiba:
A.- Pasaporte con por lo menos seis meses de vigencia al momento de intentar ingresar a España.
B.- Boleto de ida y vuelta con fechas cerradas (menos de 90 días).
C.- Recursos para solventar su estancia (810 euros como mínimo por los primeros 9 días) más 90 euros por días subsiguientes, por persona. La disponibilidad de los medios económicos se acreditará mediante exhibición de los mismos, en el caso de que sea en efectivo, o mediante la presentación de cheques certificados, cheques de viaje, cartas de pago, o tarjetas de crédito, que deberán ir acompañadas del extracto de la cuenta bancaria o una libreta bancaria puesta al día (no se admitirán cartas de entidades bancarias ni extractos bancarios de Internet) o cualquier otro medio con el que se acredite fehacientemente la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta o cuenta bancaria.
D.- Documento justificativo de existencia de hospedaje pagado o bien la presentación de una carta de invitación que deberá ser tramitada previamente ante la policía española por la persona que le dará hospedaje en España.
E.- Confirmación de la reserva de un viaje organizado
F.- Se facilitará el tránsito a los ciudadanos mexicanos que viajen a otro país del espacio Schengen y que cuenten con la comprobación de viaje correspondiente.
NO CUMPLIR CON ESTOS REQUISITOS, LO PUEDEN HACER SUJETO DE INADMISIÓN, DECRETÁNDOSE SU RETORNO INMEDIATO A MÉXICO O AL PAIS EN EL CUAL SE EMBARCO ANTES DE INTENTAR INGRESAR A ESPAÑA
El cumplimiento de sólo uno de estos requisitos no significa que no deba cumplir con los demás.
Además, cabe recordar que, aunque usted no necesite obtener una visa para España, la decisión de permitirle ingresar a territorio español depende exclusivamente de las autoridades españolas en frontera o en el aeropuerto.
Una vez vencida su estancia de 90 días usted debe abandonar no sólo el territorio español, sino todo el llamado Espacio Schengen (Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Italia, Islandia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, República Checa, Suecia y Suiza).
Una vez fuera del Espacio Schengen, deberá permanecer 90 días fuera de él antes de intentar ingresar nuevamente a cualquiera de los países que integran esa área común migratoria europea. Se le recomienda que, aunque haya personas que le aconsejen realizar viajes cortos a países fuera del Espacio Schengen como el Reino Unido, Irlanda o Marruecos, eso no le garantiza un reingreso inmediato, y podría ser retenido al intentar regresar y retornado a su último punto de salida (no necesariamente a México).
La Embajada de México en España recomienda al turista mexicano que llegue a este país, cumplir con esa normativa con el fin de evitar, ser inadmitido y retornado al país desde el cual inició su viaje.
Antes de viajar a España, deberá asegurarse de traer consigo su pasaporte mexicano vigente. De lo contrario, y aunque la línea aérea le permita abordar, usted puede ser devuelto al país al intentar acceder a territorio español.
También es importante que tenga en cuenta que si usted se encuentra ya en España o en otro punto del área Schengen, y usted desea viajar a otro país fuera de la zona migratoria europea, deberá informarse previamente si necesita visa para entrar en el país que desea visitar. Para ello, le sugerimos llamar con suficiente antelación a la Embajada o Consulado más cercano del país al cual quiere viajar.
Lleve siempre su pasaporte consigo.
De acuerdo con la legislación española, es obligatorio que todas las personas, incluidos los turistas, lleven consigo una identificación vigente. El caso de los turistas deben portar un pasaporte, el cual les podrá ser requerido por las autoridades de policía en cualquier momento.
Seguro de gastos médicos.
Es altamente recomendable que si viaja a España, traiga consigo un seguro de gastos médicos mayores, con el fin de prever cualquier emergencia que pudiera presentarse.
Atienda esta recomendación, ya que si requiere asistencia en alguna institución de salud, ésta le será cobrada, sobre todo si trata de una hospitalización. Las oficinas consulares de México en España no puden cubrir los gastos generados por atención médica u hospitalización de ciudadanos mexicanos.
Seguridad.
Si bien España es un país que no registra altos índices de inseguridad, lamentablemente se registran diariamente casos numerosos de hurto, y los turistas sufren el robo de su dinero, y documentos de identidad. Por lo tanto, la Embajada de México le sugiere que conserve siempre sus objetos de valor, dinero, tarjetas de crédito y otras identificaciones en un lugar seguro. Nunca lleve el dinero y las tarjetas juntos y, en el caso de viajar en grupo, no deje sus efectos personales y documentos de identidad a una sola persona. Además, saque copias fotostáticas de todos sus documentos y guárdelas aparte de los originales.
Asimismo, manténgase siempre atento y no descuide en ningún momento sus maletas, bolsos u otros objetos personales, especialmente en lugares con gran aflujo de personas, como son restaurantes, el aeropuerto, las estaciones de tren o en el transporte público en horas pico, espacios en los que operan con mayor frecuencia los carteristas.
Asistencia consular.
En caso de emergencia, la Embajada de México en Madrid y el Consulado de México en Barcelona, España le auxilian dentro de las atribuciones que las disposiciones legales vigentes le conceden.
Lo que sí puede hacer por usted la Sección Consular de la Embajada de México en España es:
· Expedir un pasaporte en caso de pérdida o robo.
· Asistirle para que usted pueda comunicarse con sus familiares o conocidos en México.
· Cuidar que las autoridades locales respeten sus derechos en caso de una detención de tipo judicial.
· Proporcionarle información sobre abogados locales que puedan asesorarlo.
· Informar a sus familiares en México, en caso de que usted sufra un accidente, hospitalización o detención.
En caso de que requiera asistencia médica: proporcionarle información sobre médicos y hospitales a los que pueda recurrir,
Informarle sobre la legislación local.
Es importante señalar que las Convenciones Internacionales suscritas por México aseguran a cualquier ciudadano mexicano que se encuentre territorio extranjero el derecho de establecer contacto con la Embajada o Consulado mexicano en ese lugar.
Lo que no puede hacer la Sección Consular de la Embajada de México y el Consulado de México en Barcelona, en España es:
· Revertir decisiones tomadas por autoridades migratorias,
· Lograr la liberación de un mexicano detenido por delitos o infracciones, ni obtener para ella o él un trato diferente al que se da a los ciudadanos del país,
· Responsabilizarse por el pago de multas o fianzas a nombre de un ciudadano mexicano,
· Asumir el pago de deudas contraídas por un ciudadano mexicano, tales como cuentas de hotel y restaurante o costos de boletos aéreos,
· Responsabilizarse por el pago de abogados, medicinas y servicios hospitalarios de un ciudadano mexicano o cubrir costos funerarios,
Regularizar ante las autoridades españolas la situación migratoria de un ciudadano mexicano, interceder para la concesión permisos de estudio, residencia y/o trabajo en España
Conseguirle habitación y/o un empleo
Adicionalmente, la Sección Consular de la Embajada de México y el Consulado de México en Barcelona, en España no asumen las funciones correspondientes a agencias de viajes o líneas aéreas ni puede facilitarle dinero para continuar su viaje.
[1] Eso quiere decir, que una vez que usted ingrese en el primer punto de esa zona tendrá 90 días para recorrer España, además de los otros países que comprende el Espacio Schengen, integrado por: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, República Checa, República Eslovaca, Suecia y Suiza
Los 90 días son válidos para la zona en su totalidad y no por cada uno de los países considerados individualmente. Fuente: Secretaria de Relaciones Exteriores